Representación telemática Valencia
REPRESENTACIÓN TELEMÁTICA ANTE LA GENERALITAT VALENCIANA DE CLIENTES DEL DESPACHO ASESOR
1 - ¿Qué es la colaboración social en la aplicación de los tributos?
Es el marco de actuación establecido por la Ley General Tributaria que permite a los miembros de asociaciones de profesionales relacionados con el asesoramiento fiscal, poder presentar telemáticamente ante la AEAT y Administraciones autonómicas declaraciones tributarias de sus clientes y otras actuaciones tributarias.
En este marco, la Asociación Profesional de asesorías de PYMES en Asesorlex.com, tiene suscrito un Convenio de Colaboración Social con la Generalitat Valenciana.
En virtud de dicho Convenio, los profesionales asociados de cuota de ASESORLEX pueden acceder a este servicio de representación telemática de clientes.
2 - ¿Qué debe hacer un profesional para acceder a este servicio de representación?
1º.- Ser asociado de cuota de ASESORLEX, cumplimentando el alta en suscripción de pago.
2º.- A efectos de la RGPD, aceptar que sus datos (nombre y NIF) sean incorporados a la lista de profesionales asociados que ASESORLEX comunica a la Administración. Para lo cual pulse acepto en este link RGPD.
3º.- Estar dado de alta en una actividad relacionada con la asesoría fiscal, para lo cual debe facilitarnos el 036/037 para su confirmación. El NIF correspondiente al certificado digital a incluir en el censo de colaboradores sociales debe corresponder a una NIF dado de alta en dicha actividad.
4º.- Rellenar la solicitud de adhesión individualizada el convenio y remitirla a info@asesorlex.com firmada electrónicamente con el certificado digital que desea autorizar ante la Agencia tributaria de Valencia.
En cuanto recibamos el documento debidamente firmado y validado se procederá al alta como colaborador social ante la Agencia Tributaria de la Comunidad Valenciana, pudiendo ejercer la representación telemática ante la misma desde dicho momento.
Normalmente suele llevar un plazo de 1-2 días hábiles.
Además, los profesionales, o, en su caso, el representante de las entidades que efectúen los envíos, deberán disponer del certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV) o por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
Asimismo, se recuerda que los asociados deberán ostentar la representación de los obligados tributarios en cuyo nombre efectúen la presentación por medios telemáticos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Este modelo de representación se encuentra disponible en el siguiente enlace del Portal Tributario de la Generalitat: Formulario representación.
RGPD: Las personas o entidades autorizadas para presentar por medios telemáticos las autoliquidaciones tributarias en representación de terceras personas, deberán cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal exige la normativa aplicable en esta materia.
AVISO: La vigencia del contrato de usuario profesional ante la Agencia Tributaria de Valencia queda subordinada al mantenimiento de la condición de profesional asociado a la entidad firmante del convenio, así como al cumplimiento de las condiciones generales establecidas en la normativa que regula la presentación telemática de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en nombre y representación de terceras personas.