Reflexión sobre la actuación tributaria en materia de sanciones y su compatibilidad con los principios de imparcialidad y objetividad que deben operar en este tipo de expedientes.
Toda imposición de sanción debe contener dos elementos: la conducta típica legalmente tasada y la necesaria concurrencia de culpabilidad en la conducta del sancionado.
Reflexión sobre los supuestos de imposición de sanción cuando no se da ocultación por parte del sujeto pasivo en la autoliquidación de la que trae su causa.